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[Decretos- IC] NCSA; Normas Civiles de San Andreas 2h6aogz

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[Decretos- IC] NCSA; Normas Civiles de San Andreas

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Mensaje  Chester_Vendetta Dom Sep 16, 2012 2:14 pm

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Normas Civiles de San Andreas

1.- Las leyes son completamente iguales para todos los habitantes que vivan en San Andreas. No habrá estatus de clases.

2.- Las acciones que cometa un/os ciudadano/s pueden caer sobre ellos de forma de meterlos en la cárcel durante años. El Código Penal es igual para todos los habitantes de la ciudad y su incumplimiento lleva sus consecuencias.

3.- En San Andreas no éxiste la condena perpetua. La máxima condena será de decenas de años. (( 1 hora IC, por poner algo ))

4.- Cuando un ciudadano cometa una sanción o delito grave se le llevará a los tribunales donde un Juez escuchará ambas acusaciones y decidirá.

5.- Todo ciudadano tiere derecho a un abogado y sino tiene el dinero necesario o no lo quiere contratar con su dinero, se le asignará uno de oficio.

6.- Todo ciudadano tiene derecho a una vivienda digna, O a alquilar una a otro ciudadano por un precio moderado y que el alquilador quiera aceptar.

7.- Todo ciudadano tiene derecho a un automóvil apesar que lo impida el precio.

8.- Todo ciudadano tiene derecho a poseer una cuenta bancaria propia.

9.- Todo ciudadano tiene derecho a ir por toda la ciudad de San Andreas, excepto en las zonas que estén prohibidas por las autoridades.

10.- Todo ciudadano tiene derecho a poseer un carné de identidad, y siempre tendrá que llevarlo encima en todo momento.

11.- Todo ciudadano tiene derecho a contraer matrimonio, tan solo tendrán que tener un testigo y al juéz que les case. Los casamientos podrán ser a través de la Iglesia o de los juzgados y podrán ser matrimonios homosexuales o heterosexuales. El Estado de San Andreas no es Homófobo.

12.- Todo ciudadano tiene los mismo derechos, no hay ningún tipo de diferencia de una persona a otra, no hay criados, esclavos, sino que todo el mundo tiene que ser respetado por igual.

13.- Todo ciudadano tiene derecho de poner su vehículo, casa o demás pertenencias al precio de venta que quiera, al igual de comprarlas al precio que quiera.

14.- Todo ciudadano tiene derecho a un trabajo digno, tanto público, privado o también pertenecer a alguna institución nacional de San Andreas. Y a Cobrar un sueldo digno a cambio de trabajar durante un determinado tiempo de horas.

15.- Todo ciudadano tiene derecho a presentarse a las votaciones de pertenecer a las Instituciones Nacionales de San Andreas con rango de diputado o presidente. Todos los ciudadanos son candidatos.

16.- En el Estado de San Andreas existe el sufragio universal.

16.- Todo ciudadano tiene derecho a una educación correcta y pública.

17.- Todo ciudadano tiene derecho a respetar y ser respetado.

18.- Todo ciudadano tiene derecho a comprarse tantos negocios como quiera mientras se lo permita sus entidades bancarias, eso sí, mantenerlos abiertos y con mercancia sino es así se podria llegar a embargar el/los negocio/s.

19.- Todo ciudadano tiene derecho a colocar sus propias normas y precios en el negocio que obtenga, eso sí dentro de lo razonable.

20.- Todo ciudadano que quiera portar un arma deberá poseer licencia de armas, la única arma que podrá tener deberá poseer Calibre de 9MM. Si posee un arma de calibre mayor podrá ser detenido y encarcelado por varios meses por portar armas ilegales.

21.- Cada uno de los Entes públicos (No privados), que formen parte del estado y presten sus servicios a la comunidad, deben exigir mediante el vocero nacional o alguna persona capacitada del gobierno, el pago de nomina de los trabajadores rigiéndose bajo el decreto de la Ley Orgánica del Trabajador (L.O.T)

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Vehículos

1.- Todo vehículo tiene que estar bien estacionado, en un parking público o privado, y lugares amplios qué se puedan utilizar como aparcamiento. También se podrá aparcar el coche con una rueda en la acera y otra en la carretera en caso de urgencia, así no molestará ni a los peátones ni a los conductores. En caso contrario se castigará con una fuerte multa que tendrá que poner el Cuerpo Nacional de Policía.

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Manutención de los Vehículos Públicos

- Beneficiarios: Únicamente se podrán beneficiar de esta ley los organismos públicos como el Cuerpo Nacional de Policía y el Centro de Salud, los cuales tendrán estos beneficios:

1.- Reparaciones: Todas las reparaciones que tengan que realizar los vehículos policiales o del Centro de Salud les saldrá gratis, es decir, no tendrán que pagar nada los empleados ya que lo cubrirá el gobierno.

2.- Repostaje: El coste de repostaje deberá ser la mitad de lo normal, la mitad que a cualquier civil.

3.- Preferencia: Los vehículos beneficiarios únicamente tendrán preferencia o prioridad a ser atendidos siempre y cuando sea por una causa justificada cuya gravedad contemple que la vida de un civil o varios esté/n en riesgo o situaciones de índole similar.

4.- De regulación: Cualquier abuso que pueda ser cómetido por cualquier miembro del organismo público beneficiado será duramente condenado bajo sanción ecónomica además de poder llegar a la expulsión del miembro del organismo.

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